Madrid, 2 de marzo de 2018
Por resolución de la D. Gral. de la Policía, de 15 de febrero de 2018 se han convocado las AyudasdeAcciónSocialdelCuerpoNacionaldePolicíapara el año 2018(para jubilados, viudas e hijos, entre otros), entre ellas la Ayudapara Discapacitados (para la que se exige un porcentaje de discapacidad igual o superior al 45%, aunque solo de 33% para hijos menores de 18 años). El plazo para la presentación de las solicitudes finaliza el 16 de marzo de 2018.
Esta ayuda ascenderá a una cuantía máxima 250 €, sin justificar gastos, y justificando gastos hasta 1500 €. Para aquellos que la hayan solicitado en años anteriores, parece ser que tendrán tan solo que aportar el certificado de la pensiónde2017, que adjuntamos a la presente, así como elúltimorecibodela pensión y el certificado de discapacidad (no la tarjeta, sino el certificado en papel).
También se encuentran incluidas otras ayudas (por ejemplo, tratamientos médicos o transtornos psíquicos no cubiertos por MUFACE o ISFAS, ayudas para actividades de verano para hijos y ayudas de estudios) que podrán solicitarse conjuntamente.
Además, en determinados casos, ha de presentarse documentación adicional, por ejemplo:
- En el caso de que el beneficiario de la ayuda no sea funcionario de policía (cónyuge e hijos):
- Certificado actualizado de no percibir pensiones derivadas de actividad laboral del beneficiario de la ayuda.
- Certificado completo y actual de la Vida Laboral del beneficiario.
- Viudas y huérfanos: título de pensión de viudedad u orfandad.
- Certificado de empadronamiento cuando el beneficiario de la ayuda sea mayor de 26 años de edad y con una discapacidad inferior al 65% (cónyuges e hijos).
- En el caso de gastos ocasionados por la minusvalía que no estén cubiertos por otros organismos, que sean superiores a 400 euros y que se hayan producido entre 1 de enero y 31 de diciembre de 2017: factura justificativa de los mismos.